SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2728/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III.4. Análisis del caso concreto
Menciona la accionante que, dentro del proceso penal que se le ha seguido, ha solicitado la cesación a su detención preventiva dirigida al Tribunal de primera instancia, adjuntando para lo solicitado certificados que avalan su permanencia en la cárcel de mujeres de Trinidad, estando a la fecha de presentación de la cesación, recluida por cinco años y seis meses, así como otros documentos relativos a su solicitud; sin embargo, señala que el referido Tribunal a decretado que los documentos adjuntados a su solicitud son insuficientes y que el expediente fue remitido a la Corte Suprema de Justicia con el recurso de casación, razón para que se oficie y sea ese Tribunal Superior quien remita el expediente para su consideración, además, se debe tomar en cuenta que fue la propia impetrante quien hizo conocer ese extremo al adjuntar como medio de prueba la certificación evacuada por el Secretario de Cámara de la Sala Civil (fs. 1); es decir, la accionante sabia que el expediente se encuentra con el recurso de casación; también sabía que el proceso a la fecha de presentación de su solicitud de cesación ya había transcurrido más de veinticuatro meses sin que haya adquirido la sentencia la calidad de cosa juzgada, al presentar el certificado de permanencia con el que demostraba que ya había transcurrido más de cinco años y seis meses y como menciona en el memorial del presente recurso de hábeas corpus, supuestamente estaría con detención ilegal, esta afirmación, abre el telón para hacer uso de los recursos que le franquea la ley, y que al presente no los ha utilizado, estando latentes y a la espera de ser usados esos actos procesales, por quien se creyera agraviado.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de
- “accionante”
- “conceder la tutela”
- III.3. Subsidiaridad excepcional del recurso de hábeas corpus
- mecanismos que deben ser agotados antes de acudir a la tutela constitucional”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- APROBAR