Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2728/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión la Resolución 08/08 de 19 de septiembre de 2008, cursante a fs. 43 y vta., pronunciada por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por Escarleth Pinto Sejas contra Antonio Teddy Vargas Ojopi y Marlene Arteaga Vaca, Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 1.II; 6.II; y, 7 inc. g) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- “recurso de
- “accionante”
- “conceder la tutela”
- III.3. Subsidiaridad excepcional del recurso de hábeas corpus
- mecanismos que deben ser agotados antes de acudir a la tutela constitucional”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- APROBAR