SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2740/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2740/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

La autoridad recurrida, Rocío del Carmen Revollo Barriga, Directora Departamental de la Oficina Local de la Superintendencia Forestal de La Paz, ratificó y amplió su informe, por intermedio del Responsable del área jurídica, negando los hechos e indicando que la presentación del recurso es extemporánea, al no observar el principio de inmediatez y subsidiariedad, por lo que el derecho ha caducado, tratándose de un proceso administrativo del año 2005; además, Sabina Clara Alcón tenía conocimiento del proceso, puesto que hay memoriales de apersonamiento posteriores a la emisión de la Resolución cuestionada, y que el procedimiento de remate sólo es en cumplimiento de la Resolución ejecutoriada RO-OLLP-SA 152/2005; por lo que no se está vulnerando ningún derecho  y que la demandada simplemente decidió no asumir defensa, en el momento oportuno.

La autoridad correcurrida, María Clara Torrez Vergara vda. de Oporto, Jueza Primera Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria, argumenta que en los procesos administrativos, el juez coactivo sólo tiene la función de hacer cumplir las sentencias ejecutoriadas de la Superintendencia Forestal; por esta razón, se ha dispuesto el secuestro y anotación preventiva del bien que reclama la recurrente.