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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2799/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2799/2010-R

    Fecha: 10-Dic-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.2. Informe de una de las autoridades recurridas
    • 2)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • 1)
    • III.1.  Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.   Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3.  De la obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
    • debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador,
    • III.4.    El caso concreto analizado
    • APROBAR

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