Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2806/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.7.
II.7. El 1 de diciembre de 2006, la recurrente, envía una carta al Alcalde Municipal de Viacha, solicitando nuevamente el cumplimiento de la SC 0493/2006-R, exigiendo el pago de haberes devengados, y que el mismo sea efectuado en la persona de su esposo, con el justificativo de que su hija menor tiene cinco meses y se encuentra lactando (fs. 11).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- otorgando tutela a mujeres embarazadas o con hijos menores de un año a las que no les fue respetada
- gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y en los periodos prenatal y posnatal
- APROBAR