Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2810/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Alejandro Francisco Urquidi Daza y Jorge Alejandro Valenzuela Urquidi contra el ahora recurrente José Eduardo Moya Claros, Alejandro Alvarado Rodríguez y Valentín Colquehuanca Chaparro, por los delitos de difamación, calumnia e injurias, se dictó la Sentencia 009/2008, condenándolo a cumplir la pena de dos años de privación de libertad y trescientos días multa a razón de Bs2 por día, más costas a favor de la parte querellante (según se refiere en el recurso) (fs.20 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- “procedente”
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Improcedencia del rechazo in límine en el recurso de apelación incidental
- III.4. El caso concreto en examen
- APROBAR