Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2815/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.8.
II.8. El jueves 8 de enero de 2009, se realizó una verificación notarial cuya acta indica que desde la parte exterior del predio se advierte su ocupación por varias personas y construcciones precarias de maderas, carpas y hules; así también, afirma el ingreso -por un callejuela- de una vagoneta de color blanco (fs. 59).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción amparo constitucional y su carácter subsidiario
- III.4. Amparo excepcional por medidas de hecho
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR