SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2819/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2819/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

Fragmento 20

         En el caso analizado, la accionante por sí y sus representadas, en el memorial de la presente acción alega la vulneración de sus derechos constitucionales a la seguridad jurídica, a la petición, a la defensa y a la garantía del debido proceso, como resultado de una demanda interdicta de recobrar la posesión, incoada por las accionantes en su condición de propietarias del inmueble del cual fueron eyeccionadas por Cecilia Antonia Flores Alcázar y Freddy Rafael Rivera Romero y otras, quienes de manera violenta tomaron posesión del inmueble objeto de la litis, hecho ocurrido el 29 de julio de 2006; proceso que mereció la Resolución 40/2007 de 27 de enero, que declaró improbada la demanda, sin valorar la prueba aportada, y con el fundamento de que las accionantes no se encontraban en posesión del inmueble, recurriendo de apelación en el que una vez radicada la causa, estas se apersonan y solicitan considere la prueba aportada que no fue apreciada en primera instancia y solicitan apertura de plazo probatorio que no mereció ningún pronunciamiento de parte de la autoridad demandada.