Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2857/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
b)
b) El testimonio 31/03 de 12 de marzo de 2003, por el cual se otorga poder de representación por parte del Directorio a favor del presidente del Directorio William Alberto Rojas Peñaloza que en consideración a los Estatutos de la empresa se encuentra caducado en razón a que hasta el momento de la presentación del informe, transcurrieron más de cinco años, sin que conste en obrados documento alguno que acredite la restructuración del Directorio.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas
- b)
- e)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 16
- III.4. El caso analizado
- o actos administrativos que tengan carácter equivalente
- concedido parcialmente
- REVOCA en parte