SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2857/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, sostienen que los recurridos, hoy demandados, lesionaron su derecho al trabajo, a formular peticiones y a la propiedad privada, por cuanto verificando que se encontraban dentro de las previsiones contempladas por la OM 312/2005, por la cual se aprobó “proceso voluntario, transitorio, excepcional y final de regularización de construcciones fuera de norma edificadas hasta el 31 de diciembre de 2004”, se acogieron a la misma; sin embargo, mediante diferentes informes cursados por el Municipio, fundan la improcedencia del trámite en el hecho de que el edificio “Valeria” supuestamente no estaba concluido el año 2004; empero, la obra gruesa estaba concluida en un cien por ciento y en un noventa y cinco por ciento la obra fina, siendo el informe Int. DAT-USCT 1476/2008, el último que se les entrega el 16 de octubre, por el que se les niega el trámite de regularización. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son ciertos para conceder o denegar la tutela.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas
- b)
- e)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 16
- III.4. El caso analizado
- o actos administrativos que tengan carácter equivalente
- concedido parcialmente
- REVOCA en parte