AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2010-RCA

Fecha: 26-Abr-2010

no fijó con precisión

En el caso objeto de análisis, se advierte que, en cuanto a los requisitos de forma y contenido establecidos en el art. 97 de la LTC,  el recurrente no cumplió con un requisito de contenido señalado en el párrafo IV, toda vez que no fijó con precisión los derechos o garantías vulnerados, pues en este tema la demanda es difusa e imprecisa. Al respecto, en la SC 1130/2002-R, de 18 de septiembre, citada por la SC 505/2005-R, de 10 de mayo, se señala que: “... en el marco de la interpretación realizada por este Tribunal debe entenderse que los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso” (las negrillas son nuestras).