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    AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2010-CA

    Fecha: 05-Abr-2010

    APRUEBA

    El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) de la LTC, 33.I inc. 1) y 64.III de la misma Ley, APRUEBA el rechazo contenido en la Resolución de 16 de noviembre de 2007, cursante a fs. 13 y vta., pronunciada por el Superintendente de Minas de Potosí y Chuquisaca.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • 1)
    • a)
    • rechazó
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
    • resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
    • no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental
    • procesos judiciales o administrativos
    • carecen de contenido normativo y alcance general
    • no sólo dieron fin a la primera instancia y al recurso jerárquico sino a la misma demanda de caducidad
    • APRUEBA

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