En revisión la Resolución 16/07 de 17 de agosto de 2007, cursante de fs. 146 a 147 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 16/07 de 17 de agosto de 2007, cursante de fs. 146 a 147 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de

Fecha: 16-Abr-2010

1)

La Abogada de la recurrente, ahora accionante, ratifica los términos de su demanda y los amplía señalando: 1) Su defendida se presentó voluntariamente ante la Fiscal demandada, quien no obstante de ello, ordenó su aprehensión con olvido de que previamente debe existir una notificación, la misma que nunca se realizó conforme lo afirma el Investigador asignado al caso en sentido de que la citada autoridad fiscal realizó una investigación en reserva; empero, todas estas actuaciones ilegales fueron puestas a conocimiento del Juez Cautelar quien no realizó el control jurisdiccional como era su deber; 2) De la misma manera, el tribunal Primero de Sentencia ha negado la cesación de la detención preventiva de su patrocinada, argumentando subsistir la obstaculización, además  de sostener de no haber acreditado domicilio, lo que no es evidente y de esa forma, sin valorar los nuevos elementos presentados han mantenido su privación de libertad; y 3)   Respecto a los vocales de la Sala Penal Segunda, de igual forma han hecho oídos sordos de sus peticiones y de los antecedentes que cursan en obrados, pues han determinado que la apelación incidental que interpuso, era extemporánea; es decir, que se debió tramitar conforme con el art. 251 del CPP, sin tener en cuenta que también es aplicable el art. 403 inc. 3) del mismo cuerpo legal, incurriendo en las mismas omisiones  e ilegalidades de los inferiores, solicitando por lo expuesto, se declare la procedencia del recurso y se ordene la libertad inmediata de su defendida, toda vez que se encuentra detenida ilegalmente.