SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2010-R

Fecha: 06-Abr-2010

constituye en el pilar fundamental para el ejercicio del derecho a la defensa del imputado, toda vez que la ignorancia del idioma utilizado por el juez o tribunal o la dificultad de su comprensión por parte del imputado, pueden constituir un obstáculo para el ejercicio del derecho de defensa

Por último, precisando aún más la naturaleza y alcance del derecho de todo imputado a que se le nombre un traductor o intérprete, la SC 0058/2006-R de 18 de enero instauró que: “… el citado derecho es considerado por la doctrina constitucional como una garantía que permite asegurar el derecho a la defensa en el marco de los procesos penales, ello porque se constituye en el pilar fundamental para el ejercicio del derecho a la defensa del imputado, toda vez que la ignorancia del idioma utilizado por el juez o tribunal o la dificultad de su comprensión por parte del imputado, pueden constituir un obstáculo para el ejercicio del derecho de defensa; por ello la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que este derecho se constituye en'un factor que permite superar eventuales situaciones de desigualdad en el desarrollo de un proceso' (las negrillas nos pertenecen).