SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0012/2010-R
Fecha: 06-Abr-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por el memorial presentado el 10 de septiembre de 2007, cursante de fs. 14 a 15, el recurrente señala que el 24 de abril del 2004, Nicolás Castillo Salazar formaliza querella penal en su contra, por el supuesto delito de robo agravado y que desde esta ha transcurrido un lapso de tres años con cuatro meses y diecisiete días, sin que a la fecha exista Sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra; por lo cual en aplicación del art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), solicita mediante memorial de fecha 23 de mayo de 2007 extinción de la acción penal.
Sin embargo a ello, los Jueces recurridos han eludido resolver con carácter previo y especial pronunciamiento la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, más al contrario fijan audiencia para la celebración de juicio oral, público y contradictorio, situación que ha merecido memorial de reposición, no dándose lugar al mismo, lo que prolonga su detención preventiva en el penal de San Pedro.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso -hoy acción de libertad
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- indebidamente procesada
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- la solicitud del accionante fue atendida por las autoridades judiciales
- la privación de libertad del accionante o demandante de acción de libertad,
- APROBAR