SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2010-R
Fecha: 20-Abr-2010
I.1.1. Hechos que motivan la demanda
Por memorial presentado el 13 de agosto de 2007 cursante de fs. 22 a 23 los recurrentes (ahora accionantes), aseveran que por requerimiento fiscal de 6 de julio de 2007 emitido por la Fiscal de Materia, Petrona Patricia Pacajes se requirió al Director del Centro de Diagnóstico y Terapia de Varones, guarde custodia de los menores Chalo Maicon Callizaya Aruquipa, Jorge Alberto Paz Quispe y Fernando Jilapa Poma, de quince, catorce y quince años de edad respectivamente; el 23 de julio de 2007, la representante del Ministerio Público, Mery Cano Serrano, informa a la autoridad sobre la denuncia interpuesta por Carla Daniela Vargas de Quiroga y en el otrosí del informe, solicita la ratificación de la internación de los menores; el 31 de ese mes y año, la Jueza Primera de Partido de la Niñez y Adolescencia emitió la Resolución 172 A/2007 declinando competencia; con dicha Resolución se notificó a la Fiscal de Materia, Mery Cano Serrano, el 10 de agosto de 2007. Por otra parte, el 3 de agosto de 2007, la misma Fiscal emitió Resolución de rechazo requiriendo el archivo de obrados; además, en un otrosí del citado requerimiento pidió a la autoridad, disponga la libertad de los menores. Finalmente indica que el 11 del referido mes y año, solicitaron al Juzgado Primero de Partido de la Niñez y Adolescencia la entrega y custodia de su hijo, sin tener respuesta hasta la fecha.
- recurso de hábeas corpus, en la actualidad acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- i)
- Fragmento 8
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Análisis del caso
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- POR TANTO
- 2º DENEGAR