SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2010-R

Fecha: 27-Abr-2010

1)

En el informe escrito cursante de fs. 32 a 33, el Juez cautelar recurrido, Arturo Vargas Cruz, indicó lo siguiente: 1) El 17 de agosto de 2007, se realizó la audiencia de medidas cautelares para definir la situación jurídica de los imputados Herman Bazán Vaca y René Ruíz Solíz, por la presunta comisión de los delitos de tentativa de secuestro, robo agravado y amenazas, seguido por el Ministerio Público, en la que se dispuso la detención preventiva de los sindicados al encontrarse su integridad física en riesgo y producirse las dos condiciones establecidas por el art. 233 del CPP, ya que el representado de la recurrente sólo demostró tener familia; 2) Existe riesgo de fuga y de obstaculización, lo que está fundamentado en la Resolución confirmada en apelación; 3) En la audiencia de medida cautelar el abogado Ernesto Murillo asumió la defensa de René Ruíz Solíz, sin que éste haya presentado otro profesional; 4) El Fiscal, asignado al caso, notificó a René Ruíz Solíz con la ampliación de la querella y la imputación; 5) Se admitió parcialmente la objeción de la querella en razón de no haberse señalado domicilio real de los querellantes Saturnino Moirenda Sepiapuca, Carlos Vaca Chinchi y Gabino Castro Abahi, quienes no cumplieron con lo extrañado en el plazo que dispuso, con lo que se tuvo por no presentada tal querella; y, 6) El incidente de actividad procesal defectuosa se resolvió en audiencia, cuyos fundamentos se encuentran en el acta de medida cautelar.