SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2010-R

Fecha: 27-Abr-2010

III.3. Del caso de análisis.

El art. 173 del CPP, dispone que: “El juez o tribunal asignará el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba, con aplicación de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial  producida”.