SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0055/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que las autoridades demandadas han lesionado los derechos de su representado a la seguridad jurídica, a la libertad, a la presunción de inocencia, a la defensa y al debido proceso, porque fue aprehendido por el Fiscal sin que se le informe los motivos y sin que exista previamente alguna sindicación, denuncia ni querella, además de que el Juez cautelar de Guarayos dispuso su salida de la audiencia cautelar sin justificativo alguno, coartándole su derecho como abogada defensora; asimismo dicha autoridad ordenó, mediante una decisión sin fundamentación alguna, la detención preventiva de René Ruiz Soliz, sin la existencia de los dos requisitos concurrentes que impone el art. 233 del CPP, basándose en criterios subjetivos para establecer el supuesto riesgo de obstaculización y los Vocales codemandados confirmaron la determinación del Juez, sin considerar que no existe peligro de obstaculización. Corresponde, en revisión, establecer si en este caso se debe conceder o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Del caso de análisis.
- Fragmento 18
- APRUEBA