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    AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0033/2010-RCA

    Fecha: 03-May-2010

    2º

    2º Disponer que el Tribunal de amparo, con carácter previo otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas previsto por el art. 98 de la LTC, a efecto de que se subsane los requisitos de forma extrañados en el Fundamento Jurídico II.3.2 y de acuerdo al resultado se pronuncie la resolución que corresponda conforme a ley.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedencia in límine
    • I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1. Rechacen el recurso,
    • disponer que sean subsanados en el plazo de 48 horas, en la forma establecida por el art. 98 de la LTC
    • Fragmento 8
    • III.3.2.
    • 97.I y V de la LTC
    • 2º

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