Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0264/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR la Resolución de 2 de junio de 2008, cursante de fs. 81 a 84, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, consecuentemente rechaza la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Edward Anthony Burke Pommier en representación de Bernardo Rivera Michel.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- 1)
- a)
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Norma jurídica impugnada y normas constitucionales supuestamente infringidas
- II.2. De los requisitos de procedencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- sólo pueden ser impugnadas por esta vía aquellas resoluciones que tienen carácter normativo,
- carezca de fundamento jurídico constitucional que amerite una decisión de fondo
- APROBAR