dentro de un proceso penal
Por los argumentos expuestos, el suscrito magistrado considera que se debió aclarar la titularidad del derecho a la defensa dentro de un proceso penal con relación a la recurrente, precisando que, como querellante, no es titular del derecho a la defensa, sino del derecho de acceso a la justicia o, en su caso, de considerar que el entendimiento jurisprudencial asumido por el Tribunal Constitucional en la SC 377/2003-R no era el adecuado, debió explicarse de manera fundamentada los motivos que determinaron el cambio de dicho razonamiento jurisprudencial.
- Magistrado:
- I.
- Toda persona tiene derecho a ser oída
- cuyo titular es el inculpado o imputado
- toda persona acusada de un delito tendrá derecho
- II.
- la facultad irrestricta que tiene todo imputado
- la facultad que tiene todo imputado
- III.
- a)
- será protegida oportuna y efectivamente
- dentro de un proceso penal
