SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2010-R

Fecha: 03-May-2010

I.2.2. Informe del recurrido

Antes de que llegue la orden instruida al Juez “Sentenciador” de Puerto Suárez, en todos los antecedentes del expediente el sentenciado era Carlos Ontivero Rocha, quien mantuvo en reserva esa doble identidad por cinco años y cuatro meses, a pesar que tenía todo el derecho de hacer uso de los mecanismos de control que establece el sistema procesal penal y la Ley de Ejecución  Penal y Supervisión. Además, los procuradores salen todos los días a los juzgados, pero en los cinco años y cuatro meses el sentenciado nunca aclaró su identidad.

El abogado que conocía el caso es un abogado de Defensa Pública, cuando pidió la libertad definitiva por cumplimiento de condena, conforme al procedimiento se ordenó al Director del Penal que remita el certificado de ingreso y permanencia e informe si ese ciudadano salió con cesación o estaba prófugo; como respuesta ese funcionario advirtió que Carlos Ontiveros Rocha nunca estuvo detenido en el Penal y tampoco tenía antecedentes. En atención a esa información se solicitó documentación al Juez natural, quien la víspera de la audiencia remitió documentación de la etapa preparatoria entre la que cursaba el acuerdo legal para el procedimiento abreviado en el que dice “Carlos Ontiveros o Nicasio Escóbar Arias”; siendo eso suficiente para aclarar la situación, “se ordena el costo de la pena por secretaría y habiendo cumplido su condena se dicta el auto definitivo ordenando su libertad definitiva…”.

Después de la última visita de cárcel, el representante del recurrente hizo su reclamo pero no se identificó con algún otro documento que señale que él es Carlos Ontiveros Rocha “porque el sentenciado era Carlos Ontiveros Rocha y después dice que era Nicasio Escóbar Arias, Carlos Ontiveros Rocha está en todo, está en el registro está en todo” (sic). No es su responsabilidad porque el ciudadano ha escondido su verdadera identidad durante cinco años y cuatro meses y recién que después de mucho tiempo realiza todos los trámites necesarios