Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2010-R
Fecha: 03-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia que la autoridad judicial recurrida vulneró el derecho a la libertad de su representado, por cuanto pese a que el 11 de octubre de 2007 le solicitó expida mandamiento de libertad por cumplimiento de condena, no ha observado el art. 39 de la LEPS, provocando que permanezca detenido indebidamente. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. Carácter excepcional de la subsidiariedad de la acción de libertad
- circunstancia en la que excepcionalmente
- Fragmento 19
- del control del respeto de los derechos de los condenados
- III.5. El caso analizado
- APROBAR