Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2010-R
Fecha: 10-May-2010
Fragmento 14
El recurso de amparo constitucional previsto por el art. 19 de la CPEabrg, consagrado ahora como acción de amparo constitucional en el art. 128 de la CPE, fue instituido por la Ley Fundamental como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- III.2.
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 14
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. La tutela de los derechos a la vida y salud en la Constitución Política del Estado y de los enfermos con el VIH/SIDA en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.5. El caso en análisis
- concedido
- APROBAR