SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2010-R
Fecha: 10-May-2010
Fragmento 16
Como se refirió precedentemente, los derechos fundamentales de primer orden, como la vida e integridad física y la salud, se encuentran consagrados por los arts. 15.I y 18.I de la CPE; pero, además de dicha protección que de por sí ya es esencial, la Constitución Política del Estado ante determinadas circunstancias, como la presente, amplía su esfera de tutela a través de disposiciones imperativas, como la prevista en su art. 37, que impone al Estado la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema; asimismo, el art. 41.I de la CPE, establece que se garantiza el acceso de la población a los medicamentos. Estos derechos conllevan además una protección especial en el caso de niños, niñas y adolescentes, conforme lo dispone el art. 60 de la misma Ley Fundamental, cuando señala que es deber del Estado, la sociedad y la familia, garantizar la prioridad del interés superior de los mismos, que comprende la preeminencia de sus derechos, el privilegio en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- III.2.
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 14
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. La tutela de los derechos a la vida y salud en la Constitución Política del Estado y de los enfermos con el VIH/SIDA en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.5. El caso en análisis
- concedido
- APROBAR