SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2010-R

Fecha: 10-May-2010

i)

El Jefe Departamental del Programa ITS/SIDA recurrido, presentó informe escrito cursante de fs. 98 a 99, ratificado en audiencia, manifestando lo siguiente: i) Como Responsable del Programa ITS/SIDA de Santa Cruz, efectúa los pedidos de medicamentos para los tratamientos de enfermedades de infecciones sexuales, al Programa Nacional de VIH/SIDA en La Paz, incluyéndose los antirretrovirales, solicitados siempre con prontitud y en forma oportuna; no obstante, en dicha labor se presentan dificultades con los pacientes debido a los retrasos en la dotación de los mismos, lo que escapa de su responsabilidad; ii) El recurrente, recibe a favor de su hija, los medicamentos antirretrovirales en forma regular; iii) No es posible efectuar un seguimiento de la paciente sólo con información verbal o telefónica de su padre, ya que como aumenta de estatura y peso se debe cambiar la medicación; iv) El recurrente no recoge el medicamento Didanosina (DDI), aduciendo que debe ser en jarabe y no en tabletas, pero los médicos que han atendido a la niña le explicaron que las tabletas son apropiadas para su tamaño y peso; v) Las cartas presentadas por el recurrente no fueron contestadas, pues ninguna de ellas consignaba una dirección donde enviarlas; y, vi) El amparo constitucional es un recurso subsidiario, sin que en el presente caso se evidencie que el recurrente agotó las vías administrativas ante las autoridades superiores de la Prefectura y del Ministerio de Salud, último que es el responsable de la dotación de medicamentos y el encargado del Programa Nacional del ITS/SIDA. Por lo expuesto, solicitó se declare la improcedencia del recurso.