Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2010-R
Fecha: 10-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, “Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público”; y arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución 039/006 de 14 de agosto de 2006, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en consecuencia se CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- Fragmento 5
- procedente
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y Aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- el Recurso sea dirigido contra el sujeto que ejecutó el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante”
- Erick Pérez Calvi,
- III.4. La motivación de las resoluciones como obligación del juzgador
- III.5. El caso de análisis
- APROBAR