SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0126/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0126/2010-R

Fecha: 10-May-2010

“procedente”

Concluida la audiencia, la Jueza Segunda de Partido Mixta y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó la Resolución de 26 de mayo de 2006, conforme consta de fs. 162 a 163 vta., declarando “procedente” el recurso de amparo constitucional, debiendo el Alcalde Municipal de Sacaba viabilizar el trámite de expropiación en el plazo de treinta días. Como fundamentos se señalan: i) Que, el amparo constitucional normado por el art. 19 de la CPEabrg, ha sido establecido para resguardar los derechos y garantías ciudadanas consagradas por el art. 7 Constitucional, siempre que no hubiese otro medio o recurso legal para la protección inmediata de tales derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, ya sea por funcionarios o particulares; ii) De acuerdo a lo determinado por el art. 22 de la CPEabrg, la propiedad privada está garantizada por la Ley Fundamental del Estado; iii) Que, de acuerdo al art. 22.II de la CPEabrg, la expropiación se impone por causa de utilidad pública o cuando la propiedad no cumple una función social calificada conforme a la Ley y previa indemnización; iv) El art. 122 de la Ley de Municipalidades (LM), dispone que las expropiaciones requieren de previa declaratoria de necesidad y utilidad pública previo pago de indemnización justa mediante ordenanza municipal y se observa que la autoridad recurrida ha realizado actitudes de hecho al ensanchar la vía pública y construir cordones sin tener la ordenanza municipal, afectando la propiedad privada de los representados de los recurrentes.