SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2010-R
Fecha: 17-May-2010
concedió
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, por Resolución 197/2006 de 25 de agosto, concedió el amparo, disponiendo dejar sin efecto la convocatoria a concurso de méritos cerrada institucional para la Gerencia de Servicios de Salud del SSU. Como fundamentos, se señalan: a) En la convocatoria existen aspectos restrictivos para la postulación del titular del cargo, como exigir no estar en ejercicio veinte días hábiles antes de la presentación de documentos y que la convocatoria sería exclusiva para médicos de base, lo que vulnera el art. 95 del Estatuto Orgánico de la Entidad aseguradora; y, b) Si bien las relaciones laborales del SSU con sus funcionarios se regulan por su Reglamento Interno y la Ley General del Trabajo, lo que implicaría que no fueron agotados los medios y recursos ordinarios, sin embargo el problema tiene otra connotación, como ser el acto administrativo restrictivo emanado del Presidente y Gerente del Seguro Social Universitario, refrendada por el Presidente del Colegio Médico de Oruro, que no tiene otra instancia o vía legal de reclamación, habiéndose producido una restricción al derecho de postulación del recurrente, que atenta su derecho al trabajo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..Consideraciones previas: En cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR