Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.3.
II.3. En la carta de 16 de junio de 2006, el Presidente del Directorio del SSU de Oruro, en respuesta a las notas de 5 y 12 de junio de 2006, hizo saber al recurrente que la evaluación a su informe se realizará en fecha a determinarse, pero le recordó que su gestión concluye el 15 de septiembre de 2006, en cumplimiento a lo estipulado en el Estatuto Orgánico de la entidad (fs. 9).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..Consideraciones previas: En cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR