Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.5.
II.5. En el oficio de 9 de agosto de 2006, Máximo Teran García en su calidad de Gerente de Servicios en Salud del SSU, hizo conocer al recurrente que su informe de gestión fue analizado el 21 de junio de 2006 por el Directorio, donde se ratificó la determinación de convocar a concurso de méritos para las gerencias en el SSU y que dicha determinación se le comunicó mediante carta de 17 de julio de 2006 (fs. 11 a 12).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..Consideraciones previas: En cuanto a la aplicación de la Constitución Política del Estado y el uso de la terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso
- concedido
- REVOCAR