Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Se dio de alta a la paciente el 12 del mismo mes y año; sin embargo, persistió detenida sin causal justificable, sólo con el argumento de que a causa de su estadía en el mencionado Hospital, contrajo una deuda de Bs14 000.- (catorce mil bolivianos), suma que no está en condiciones de pagar, manteniéndose esta situación hasta la fecha de presentación del recurso.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Legitimación pasiva de particulares en la acción de libertad
- persona denunciada
- III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva del Director Médico del Hospital "La Esperanza"
- APROBAR