SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2010-R
Fecha: 24-May-2010
III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva del Director Médico del Hospital "La Esperanza"
El Manual de organización del hospital "Of Hope", detalla específicamente cuáles son las atribuciones del Director Médico, y efectivamente, entre ellas, no está regulada la atribución de cobro de dinero, teniendo que sólo de acuerdo a una evaluación médica previa se autoriza la salida del hospital de acuerdo a la condición de salud del paciente y no por razones económicas.
El Manual aludido, también señala que es el Director Administrativo el encargado del Departamento de Recursos Humanos, de Finanzas, de Servicios Generales y de Mantenimiento, concluyendo por ende, en que es responsable, a través de su personal dependiente, de realizar cobros por los servicios médicos prestados.
Mediante informe de 17 de noviembre de 2007, se constata que la médica de guardia del referido Hospital, Maribel Santa Cruz Alcoba, realizando un diagnóstico de su estado de salud, dio de alta a la paciente en dos ocasiones, el 12 y 13 del mismo mes y año - que a decir del accionante, su representada recibió alta médica el 13-, cumpliendo de esta forma con su responsabilidad dentro del ámbito de sus competencias como parte de la Dirección de Servicios Médicos; lo que implica que el Director Médico, ahora demandado, no intervino de forma alguna en la supuesta restricción de libertad, al contrario, al tener personal dependiente que se ocupa de operativizar las funciones encomendadas a su Dirección, como la médica de guardia que emitió el informe, se evidencia que su personal y él mismo, cumplieron con la responsabilidades encomendadas.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Legitimación pasiva de particulares en la acción de libertad
- persona denunciada
- III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva del Director Médico del Hospital "La Esperanza"
- APROBAR