SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2010-R
Fecha: 24-May-2010
III.4. Legitimación pasiva de particulares en la acción de libertad
Si bien la jurisprudencia constitucional, desarrollada en vigencia de la Constitución Política del Estado abrogada, estableció que el recurso de hábeas corpus: "…no procede contra particulares, en cuyo caso podría configurarse el delito de privación indebida de libertad. Como derecho fundamental (…) es una manifestación del derecho genérico de defensa del administrado frente a los actos del Estado y tutela la integridad del detenido, preserva su derecho a la libertad y en general evita la consumación de una detención ilegal o arbitraria. Quedando reservada la protección para los demás actos ilegales para la tutela que brinda el art. 19 Constitucional, que sí procede contra particulares…" (SC 0459/2001-R de 14 de mayo). Este entendimiento, queda modificado con la entrada en vigencia de la Constitución Política del Estado, que amplía el ámbito de protección contra los supuestos que vulneren de algún modo el derecho de libertad y/o de la vida cuando éstas dos estén íntimamente ligadas, y la legitimación de las personas pasivas en la acción, puesto que ya no está restringido a demandar de libertad sólo a los funcionarios públicos, sino también a los particulares que por acciones u omisiones priven de la libertad personal al agraviado; razonamiento acorde a los Fundamentos Jurídicos desarrollados en el punto III.1 y III.3, cuando precisan la aplicación inmediata de la dogmática contenida en la Constitución Política del Estado y la naturaleza jurídica de la acción de defensa del derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Legitimación pasiva de particulares en la acción de libertad
- persona denunciada
- III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva del Director Médico del Hospital "La Esperanza"
- APROBAR