Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0174/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.3.
II.3. Por el testimonio 106/2002 de 26 de julio, de protocolización de documento de reconocimiento de personalidad jurídica del Hospital "Of Hope" o "La Esperanza" en Bolivia "HOHI", otorgada por la Notaría de Gobierno de la Prefectura del departamento de La Paz, se establece que la mencionada persona jurídica es privada, teniendo por propósito el de crear "centros de compasión" (sic), mediante el desarrollo de hospitales, clínicas y otras instituciones, ubicada su casa matriz en el 6169, East Boston, Wichita, Sedawcki, Country, K.S. 67218, cuya personalidad jurídica en Bolivia fue reconocida en el departamento de La Paz (fs. 19 a 36).
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Legitimación pasiva de particulares en la acción de libertad
- persona denunciada
- III.4.1. Con relación a la legitimación pasiva del Director Médico del Hospital "La Esperanza"
- APROBAR