Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2010-R
Fecha: 24-May-2010
concedido
Por consiguiente, la situación planteada respecto al derecho a la petición vulnerado, es susceptible de protección, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido el recurso interpuesto, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes y empleado correctamente las normas aplicables al caso.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del Recurso de amparo constitucional
- III.3.1. El derecho de petición
- III.4.
- concedido