Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0187/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.3.
II.3. El Presidente del Consejo de Administración de COTEOR Ltda., responde al memorial de 21 de agosto de 2006, presentado por los recurrentes, mediante nota C.A. 096/06 de 12 de septiembre, en la que consta una firma poco legible como "Irahola C." (fs. 54 y 55); concluyendo el informe grafotécnico, prueba aportada por el recurrido, que la firma incriminada en la nota de referencia, es de puño y letra de Esther Irahola Castillo (fs. 56 a 64).
- recurso de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del Recurso de amparo constitucional
- III.3.1. El derecho de petición
- III.4.
- concedido