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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2010-R

    Fecha: 24-May-2010

    II.3.

    II.3. Por Auto de 10 de octubre de 2007, a solicitud del demandante en el proceso laboral, se dispone que la orden de apremio sea cumplida por una autoridad policial de la ciudad de Santa Cruz, a cuyo efecto se debe notificar al Comandante de la Policía Departamental de Santa Cruz, para que cumpla la orden de apremio (fs. 60 vta.), no cursan notificaciones con este decreto.

    • recurso de hábeas corpus, ahora
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
    • contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
    • en los casos en que la acción de libertad es emergente de un proceso judicial ordinario
    • librado por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la provincia Vaca Diez del Distrito Judicial de Beni, con asiento en Riberalta
    • Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la provincia Vaca Diez del Distrito Judicial de Beni, con asiento en Riberalta.
    • APROBAR

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