SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2010-R
Fecha: 24-May-2010
improcedente
La Resolución 54/2007 de 19 de noviembre, cursante de fs. 71 vta. a 72 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: i) No es evidente que el mandamiento de apremio librado no contenga facultades de allanamiento; ii) La participación del Ministerio Público en el acto de apremio no está reglada por ley en materia laboral y de asistencia familiar; iii) No es válida la aseveración de que el mandamiento fue librado contra el representado del recurrente cuando la demanda estaba dirigida contra la Superintendencia Forestal, por cuanto el art. 127.I del CPC, obliga se cite a la autoridad jerárquica superior; y, iv) No tiene relevancia jurídica que el mandamiento de apremio no estaba refrendado por el Comandante Departamental de Policía, reclamo que no emana de una disposición procesal.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- en los casos en que la acción de libertad es emergente de un proceso judicial ordinario
- librado por el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la provincia Vaca Diez del Distrito Judicial de Beni, con asiento en Riberalta
- Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la provincia Vaca Diez del Distrito Judicial de Beni, con asiento en Riberalta.
- APROBAR