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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0212/2010-R

    Fecha: 24-May-2010

    II.3.

    II.3.  Mediante certificado de permanencia y conducta de 23 de octubre de 2007, extendido por la Dirección y Encargado de Archivo y Kardex del recinto penitenciario de San Pedro de La Paz, se acredita que el representado del  recurrente permanece recluido por el tiempo de un año, un mes y nueve días en dicho recinto (fs. 22). 

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • procedente
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • b)
    • III.2. Términos en la presente acción tutelar
    • III.3.1.
    • y multa si existiere temeridad o malicia
    • III.3.2.
    • sin perjuicio de las sanciones previstas por la Ley Orgánica del Ministerio Público
    • 1º        REVOCAR
    • 2º      DISPONER
    • 3º

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