SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2010-R
Fecha: 31-May-2010
concediendo
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, dictó la Resolución 058/2006 de 12 de octubre cursante de fs. 310 a 311 vta., concediendo el recurso en relación a Jorge Gutiérrez Roque, ex Fiscal de Distrito de La Paz y denegando en cuanto a Fernando Ganam Cortéz, actual Fiscal de Distrito a.i de La Paz, consecuentemente se anuló el requerimiento de 21 de marzo de 2006, emitido por el ex Fiscal de Distrito de La Paz y se dispuso la consideración de la impugnación planteada con los siguientes fundamentos: 1) La recurrente fue notificada el 10 de marzo; sin embargo, el 11 y 12 de marzo corresponden a sábado y domingo, que debían ser excluidos del cómputo, ya que la ley otorga un plazo para ejercitar un derecho como es el de impugnar, se tiene entendido que ese plazo debe estar comprendido por días hábiles, ya que el derecho a impugnar debe ser posible utilizarlo, cualquiera de los días que compone el plazo a elección del titular de derecho, de otra manera computar días inhábiles como ser sábados y domingos (días en que no se ejercita la función) sería como otorgar un derecho para ejercitarlo en un plazo como determinado existente, lo que equivaldría a una incongruencia no aceptable y; 2) El ex Fiscal de Distrito, al haber considerado la presentación de la impugnación fuera del término que señala el art. 324 del CPP y al haber efectuado un equivocado cálculo del plazo para impugnar, ha negado a la recurrente el derecho a un proceso justo y equitativo lesionando el derecho al debido proceso.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Derecho al debido proceso
- Artículo 130°.- (Cómputo de plazos).
- III.2.2. Derecho a la seguridad jurídica
- APROBAR