Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.2.
II.2. Durante la etapa de investigación se produce un cambio de fiscales, siendo la nueva asignada María Teresa Lenz Calderón, quien después de transcurridos seis meses emite requerimiento conclusivo de sobreseimiento S-01/2006 de 8 de marzo (fs. 260 a 262), el mismo que es notificado en 10 de marzo de 2006 a horas 16:00, cerrando el proceso por falta de pruebas. Dicho requerimiento fue impugnado el 17 de marzo de 2006, posteriormente en obrados se remiten obrados al Fiscal de Distrito, el 20 de marzo de 2006 a horas 18:00 (fs. 268).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Derecho al debido proceso
- Artículo 130°.- (Cómputo de plazos).
- III.2.2. Derecho a la seguridad jurídica
- APROBAR