AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2010-RCA

Fecha: 09-Jun-2010

dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales

En el presente caso, de la revisión efectuada a la Resolución pronunciada, se constata que el argumento utilizado por el Tribunal de garantías para declarar la improcedencia in límine del recurso, resulta no ser evidente, por cuanto el acto consentido conforme indica la SC 1667/2004-R de 14 de octubre:"…debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales…".