Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2010-RCA
Fecha: 09-Jun-2010
revisión
En revisión la Resolución 010/2007 de 29 de octubre, cursante de fs. 16 a 18, pronunciada por la Sala Civil, Familiar y Comercial de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Rosalio Taboada Morales y Genaro Camiño Mamani contra Edgar Jallaza Veliz, Juez de Instrucción Tercero en lo Penal del mismo Distrito; alegando la supuesta vulneración de su derecho a la petición y a la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 7 inc. h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abrog.).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.5. Resolución
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma, dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),
- I.-
- 1)
- II.3. Análisis del caso
- 1) el elemento fáctico
- APROBAR,