Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2010-RCA
Fecha: 09-Jun-2010
Fragmento 3
Asimismo alega, que el Tribunal de alzada no consideró las excepciones interpuestas por sus padres, pues no las confirmó ni revocó, y respecto a las excepciones opuestas por su persona, confirmó “en cuanto a la excepción opuesta por Rolando Rafael Ortiz Narvarte”, sin determinar a cual de las excepciones se refiere.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- “como sujetos procesales en el limbo de la inseguridad jurídica”
- I.4. Petitorio
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 9
- II.2. Atribuciones de los Jueces o Tribunales de garantías
- II.3. Del principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- II.4.
- REVOCAR