Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2010-RCA
Fecha: 09-Jun-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente señala que el Tribunal de alzada al no resolver todas las excepciones interpuestas por los coactivados, ha incurrido en una flagrante violación del derecho fundamental a la seguridad jurídica y de la garantía al debido proceso, puesto que considera que dicho fallo es incompleto, confuso y por lo tanto ilegal. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si el Tribunal de garantías al haber rechazado el recurso obró correctamente.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- “como sujetos procesales en el limbo de la inseguridad jurídica”
- I.4. Petitorio
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 9
- II.2. Atribuciones de los Jueces o Tribunales de garantías
- II.3. Del principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- II.4.
- REVOCAR