Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2010-RCA
Fecha: 14-Jun-2010
a)
Solicita se le conceda el recurso y se disponga: a) Le otorguen tolerancia para asistir a los cursos de postgrado, con la correspondiente compensación, b) Se dejen sin efecto todas las boletas de sanción de multas, y se realice el pago de su salario sin descuentos, y c) Se proceda a la reparación de daños y perjuicios.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- Fragmento 4
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma, dentro del plazo establecido por el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional o
- el juez o tribunal del amparo, antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad del recurso, debe verificar si no se está dentro de alguno de los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC, lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- si se constata
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso
- requisitos de contenido
- incumplió con los dos elementos que contiene la causa de pedir
- APROBAR,