AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0081/2010-RCA

Fecha: 14-Jun-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente alega que las autoridades recurridas han lesionado  sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la educación y a una renumeración justa por su trabajo, al negarle la tolerancia para asistir en horas de oficina a un curso de maestría en Derecho Constitucional y Procesal Constitucional, pese a que el Reglamento Interno de Personal de la CNS contempla esa figura. En consecuencia,  corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE abrog.