AUTO CONSTITUCIONAL 0393/2010-CA
Fecha: 30-Jun-2010
consulta
En consulta la Resolución de 20 de septiembre de 2008, cursante de fs. 17 a 18, pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Humberto Antonio Roca Leigue en representación de la Compañía Boliviana de Transporte Aéreo Privado (AEROSUR) S.A., demandando la inconstitucionalidad del art. 524.I del Código de Procedimiento Civil (CPC), modificado por el art. 37 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), por presuntamente vulnerar los arts. 7 inc. a), 8 inc. a), 29, 59.1ª y 116.III de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- antes de la ejecutoria de la sentencia'
- AC 0337/2010-CA de 15 de junio,
- AC 0236/2004-CA de 21 de abril,
- en los casos en que el incidente de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
- se encuentra en ejecución
- Fragmento 13